Se flexibiliza la liquidación de anticipos y prefinanciaciones

201601.14
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El Banco Central (Comunicación «A» 5885) flexibilizó el manejo de las divisas producto de anticipos y prefinanciaciones, resolviendo que las mismas ya no tendrán plazo para ser liquidadas. Bajo el esquema anterior, los cobros de anticipos y prefinanciaciones debían ser liquidados en el mercado de cambios dentro de los 15 días hábiles de desembolsados. Con la emisión de la «A» 5885 tal obligación deja de existir, debiendo el exportador únicamente transferir las divisas de anticipos y prefinanciaciones, dentro de los 10 días hábiles de percibidas, a una cuenta de corresponsalía de un banco local para su posterior liquidación en el momento que así lo decida.

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