Repatriación de inversiones en bonos por parte de no residentes
El BCRA ha emitido una aclaración (Comunicación «C» 72679) informando que la repatriación, por parte de no residentes, ya sea de cobros en el país de servicios o liquidaciones por venta de inversiones en valores emitidos por el Gobierno Nacional, en la medida que hayan sido adquiridos en suscripción primaria por parte del no residente, no está sujeta al requisito de demostración de la liquidación de los fondos y su permanencia por 120 días.