Deuda externa por servicios: se podrán cursar pagos durante enero
El Banco Central (Comunicación «A» 5870) comunicó un nuevo cambio en materia de pagos de residentes a no residentes por servicios prestados o devengados hasta el 16 de diciembre de 2015. La nueva norma habilita el pago de tales deudas, durante enero de 2016, por hasta la suma de U$S 2.000.000, siendo que los pagos que se cursen disminuirán el monto disponible para la formación de activos externos. Como consecuencia, en ningún momento (durante enero de 2016) se podrán cursar pagos por deudas de servicios y adquirir activos externos por más del equivalente a U$S 2.000.000, solicitándose una declaración jurada al efecto. Finalmente recordamos que hasta la emisión de esta norma, las deudas por servicios prestados o devengados hasta el 16 de diciembre de 2015 recién podían comenzar a ser canceladas en febrero de 2016.