La CNV realiza cambios en torno al financiamiento PYME

201603.14
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La Comisión Nacional de Valores ha emitido una serie de normas en torno al financiamiento de las pequeñas y medianas empresas en el mercado de capitales, conforme el detalle que sigue a continuación:

Fondos Comunes de Inversión Abierto PYMES (Resolución General 654)

La nueva norma simplifica la exigencia de los fondos referidos, exigiendo que el 75% del patrimonio de los fondos sea invertido en títulos emitidos por PYMEs CNV o en títulos emitidos, por otras entidades, con la finalidad de financiar PYMEs CNV, eliminando de esta forma la exigencia de que el 40% del patrimonio sea invertido exclusivamente en valores negociables emitidos por PYMEs CNV. Por otro lado también se elimina el plazo de gracia de hasta 180 días para la conformación de la cartera en los términos antes expuestos, se armoniza el concepto de PYME y se elimina la referencia a las empresas de baja capitalización. El plazo que poseen los fondos para adecuar sus carteras de inversión en estos términos vence el 30 de septiembre de 2016.

Fideicomisos Financieros destinados al financiamiento de PYMES (Resolución General 655)

Hasta la fecha no existía un criterio escrito sobre cuáles fideicomisos financieros revestían la calidad PYME a los efectos de que los fondos comunes de inversión PYME invirtieran en ellos. Con la nueva resolución general, y en línea con la práctica del mercado, se crea tal criterio. Desde ahora, a los efectos de la CNV, son considerados fideicomisos financieros PYME: (i) aquellos cuyo fiduciante sea PYME CNV o, en caso de pluralidad de fiduciantes, al menos el 70% de los activos fideicomitidos (valor nominal) sea cedido por un fiduciante que revista la calidad de PYME CNV; (ii) en que, al menos, el 70% del activo fideicomitido, considerando su valor nominal, se encuentre conformado por derechos o créditos provenientes de operaciones celebradas con PYMES CNV; o (iii) aquellos fideicomisos de dinero creados para el financiamiento PYME conforme la normativa de CNV.

Eliminación de la obligatoriedad de todo fondo común de inversión de invertir en proyectos de iniciativa privada (Resolución General 656)

Con la emisión de la resolución general 644 (septiembre 2015), todo fondo común de inversión debía invertir el 2,5% de su patrimonio neto en títulos orientados al financiamiento de proyectos de iniciativa privada destinados a la inversión productiva, el desarrollo de infraestructura o el financiamiento PYME. Tal exigencia, a ser cumplimentada en dos etapas, se tornaba totalmente exigible el 31 de marzo de 2016. Ahora la CNV, considerando la existencia de fondos comunes de inversión PYME y de economías regionales e infraestructura, a seis meses de creada la exigencia, ha resuelto eliminarla, creando el cronograma de desinversión correspondiente. 

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