Cambios aplicables a exportaciones entre vinculadas

202001.30
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A través de la Comunicación «A» 6882, el BCRA modificó las pautas bajo las cuales los exportadores que realizaron operaciones con contrapartes vinculadas pueden extender el plazo de liquidación de 60 días corridos.

A la posibilidad de extender el plazo hasta 180 días cuando el exportador no haya registrado exportaciones por un valor total superior a U$S 50.000.000, el año anterior, se suma una nueva posibilidad de extender el plazo hasta 120 días corridos cuando, aún superado dicho monto, se trate de exportaciones de ciertas carnes.

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