El BCRA efectúa cambios en materia de importaciones, deuda financiera e inversiones en el exterior
El Banco Central, a través de la Comunicación «A» 6011, efectuó diversos cambios en materia de importaciones, deuda financiera e inversiones directas en el exterior:
- En primer lugar eliminó, para los pagos anticipados, el requisito de no registrar demoras en la oficialización de bienes por pagos efectuados con anterioridad al registro de ingreso aduanero.
- Las deudas por importaciones podrán nuevamente cancelarse en forma anticipada, en forma total o parcial, mientras con anterioridad tales pagos requerían la conformidad previa del BCRA.
- En materia de repago de deudas financieras, se tendrá acceso al mercado de cambios para la cancelación de servicios de capital e intereses de préstamos financieros que, no obstante no haber sido ingresados y liquidados en Argentina, hayan sido aplicados en el exterior para el pago de otras deudas propias del residente, por las cuales este hubiera tenido acceso al mercado de cambios.
- En lo referente a la precancelación de deudas financieras, se eliminó la distinción según hayan sido ingresadas y liquidadas antes o después del 17 de diciembre de 2015, permitiendo que todas ellas sean precanceladas, total o parcialmente, a cualquier plazo, siempre que se respete el plazo mínimo de permanencia.
- Finalmente, se permite a los residentes la compra de divisas, sin límite de monto, para la realización de aportes y/o compras de participaciones en empresas que califiquen como «inversiones directas en el exterior«, estén constituidas en países cooperadores en materia de transparencia fiscal y, en forma directa o indirecta, tengan por objeto el desarrollo de actividades productivas (bienes o servicios no financieros).