FCI: La CNV vuelve atrás con el cambio en el método de valuación de los títulos negociados en el exterior
A través de la resolución 653/15, la Comisión Nacional de Valores deja sin efecto el cambio implementado por resolución 646/15, que impuso que todos los valores negociables que se negocien en los mercados extranjeros o los subyacentes de los activos que estén constituidos por valores negociables que se negocien en el exterior sean valuados en la misma moneda en que hayan sido emitidos, siempre y cuando ésta sea la misma moneda de pago, tomando como referencia el precio de mayor relevancia en la plaza exterior o bien el precio en dólares de la plaza local cuando no exista cotización en el exterior (en ambos casos a tipo de cambio comprador del BNA). Volviendo al esquema de valuación previo a septiembre de 2015, los valores negociables que se negocien exclusivamente en el exterior deberán ser valuados considerando los mismos requisitos que los valores negociables de similares características que se negocien en la República Argentina, evitando así la distorsión de valuación generada por la resolución 646/15.