Imponen una validación previa para el pago de servicios al exterior

202201.07
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El BCRA, a través de la Comunicación «A» 7433, impuso la necesidad de contar con la aprobación del Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios (SIMPES) para poder efectuar pagos de servicios al exterior. Solo se exceptúa de este nuevo requisito a: (i) los pagos de servicios de fletes (S02), transporte de pasajeros (S03), viajes y otros pagos con tarjetas (S06), servicios del gobierno (S25) y servicios de salud por empresas de asistencia al viajero (S26); (ii) los pagos del sector público, de aquellas organizaciones empresariales donde el Estado Nacional tenga participación mayoritaria y de los fideicomisos constituidos con aportes del sector público nacional; y (iii) los pagos de entidades financieras por importaciones propias de servicios y para la cancelación de cartas de crédito o letras avaladas emitidas u otorgadas hasta el 06/01/22 inclusive (para las cartas de crédito o letras avaladas posteriores a tal fecha se deberá contar con el SIMPES en estado aprobado al momento de su apertura o emisión, según el caso).

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