Nuevas restricciones cambiarias para el campo
A través de las comunicaciones «A» 7609 y 7610, el BCRA comunicó que los residentes argentinos (excluyendo personas físicas) dedicados a la actividad agrícola que vendan mercaderías a exportadores en el marco del Decreto N° 576/22 no podrán comprar moneda extranjera por operaciones con derivados ni realizar las operaciones enunciadas en el punto 4.3.2. de las normas de «Exterior y cambios» (entre otras, vender títulos valores contra moneda extranjera -dólar MEP/CCL-, comprar CEDEAR o títulos de deuda privada emitidos en jurisdicción extranjera -ON global-, ni transferir títulos al exterior). Si bien la norma inicial (A 7609) fue más restrictiva, su alcance se limitó inmediatamente después con la Comunicación «A» 7610.